Xalapa, Ver.- A tan solo once días de que venza el plazo para la presentación de la declaración anual 2024, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) ha hecho un llamado urgente a todos los contribuyentes personas morales para que cumplan con esta obligación fiscal antes del 31 de marzo y eviten ser sancionados.
Edmundo Rogelio Naranjos Dávalos, Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente de Veracruz I, y Lorena Faviola León Servin, Administradora Desconcentrada de Recaudación Veracruz I, informaron en conferencia de prensa que el periodo para realizar este trámite abarca los meses de enero a marzo. De no cumplir en el plazo establecido, las personas morales podrían enfrentarse a multas que van de los $1,800.00 hasta los $22,700.00.
Para facilitar el proceso, las autoridades fiscales resaltaron que los contribuyentes pueden realizar la declaración de manera digital, utilizando los formularios disponibles en la plataforma del SAT. León Servin destacó que se ha mejorado el sistema de precarga de los formularios, lo que busca agilizar el proceso y hacerlo más eficiente.
Una de las principales mejoras del sistema es la inclusión de nuevos campos, como el de “devoluciones, bonificaciones y descuentos” en el régimen general, que permite a los contribuyentes incluir estos conceptos de manera consolidada, ya sea en pago diferido o en parcialidades. Además, se ha añadido un campo específico para la PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) deducible, con el fin de reducir la nómina timbrada, en caso de que no sea deducible para el ejercicio fiscal correspondiente.
Para las empresas bajo el régimen simplificado de confianza, se ha incorporado un campo que permite deducir ejercicios anteriores relacionados con la nómina, especialmente útil para aquellas empresas en proceso de liquidación. Naranjos Dávalos también indicó que, aunque este año el proceso es manual, a partir del siguiente se podrá arrastrar y precargar la información año con año, lo que simplificará aún más el trámite.
El funcionario también recordó que es necesario que la empresa cuente con su firma electrónica vigente para poder presentar la declaración. En caso de que la firma electrónica haya expirado, el contribuyente podrá renovar este trámite a través del portal del SAT, sin necesidad de acudir personalmente a las oficinas.
Finalmente, Naranjos Dávalos destacó la importancia de revisar que toda la información relacionada con las declaraciones provisionales y anuales, así como los comprobantes fiscales, esté correctamente cargada a la declaración, ya que cualquier inconsistencia en las precargas podría generar errores.
Historias similares
Trabajadores del Ingenio San Nicolás exigen intervención estatal en conflicto laboral
La fuente histórica de la Preparatoria de Xalapa vuelve a la vida tras 50 años
¿Próximo Fiscal o puro bla bla? .. “Desde el Café” por Bernardo Gutiérrez Parra