Información de Excélsior//Aurora Zepeda.- Las magistradas Mónica Soto, Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez, les dieron la razón porque la ciudadanía les dio el triunfo a ellas por mayoría de votos, aunque por alternancia, tocaban hombres en las listas de ganadores
La Sala Superior del Tribunal Electoral revocó la asignación de paridad que realizó el INE en las magistraturas de circuito en materia administrativa y del trabajo, así como en la elección de personas juzgadoras, al resolver varias impugnaciones, en las que, mujeres que tuvieron más votos que los hombres a quienes se les entregó el triunfo, se quejaron por la decisión del Instituto Nacional Electoral de “alternar” asignaciones.
Las magistradas Mónica Soto, Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez, les dieron la razón porque la ciudadanía les dio el triunfo a ellas por mayoría de votos, aunque por alternancia, tocaban hombres en las listas de ganadores.
Por ejemplo, se le quitó el triunfo a una candidata con 24 mil votos para darle el cargo a un hombre que obtuvo 12 mil, sólo porque la lista inició con una mujer, y se quiso asignar el segundo lugar al hombre con más votos en el circuito, luego la segunda mujer más votada en el tercer puesto, y el cuarto lugar para el segundo hombre con mayor votación, y así alternadamente.
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