febrero 12, 2026

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Nuevo reglamento de México; cómo vigilar su espacio aéreo

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México publicó un nuevo reglamento para organizar cómo el Estado vigila lo que ocurre sobre su territorio: desde las aeronaves que pierden comunicación hasta los vuelos que intentan evitar a las autoridades. El decreto, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, expide el Reglamento de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano y establece quién actúa, cómo se coordina y qué ocurre cuando un avión entra en una situación irregular, y NO se trata únicamente de defensa militar.

El documento parte de una premisa central: el espacio aéreo es dominio exclusivo del Estado mexicano. Según el reglamento, ese control se ejerce para proteger la seguridad nacional, la soberanía del país y la vida humana en el territorio.

El reglamento busca ordenar la participación de diversas dependencias federales que ya intervienen en la aviación: autoridades civiles, militares, de seguridad, migración y también a la navegación aérea.

La aplicación e interpretación de todas las disposiciones queda a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) junto con otras autoridades competentes, pues regular el espacio aéreo tiene como premisa central: “el espacio aéreo es dominio exclusivo del Estado mexicano. Según el reglamento, ese control se ejerce para preservar la seguridad nacional, la soberanía del país y la vida humana dentro del territorio”. Y la norma no sólo describe funciones militares. Su objetivo principal es ordenar la actuación de diversas dependencias federales que intervienen en la aviación y en la seguridad, teniendo como eje, al Sistema de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Mexicano.

El reglamento formaliza la creación del Sistema de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Mexicano, que se vuelve la estructura central de toda la política aérea de seguridad.

De acuerdo con el texto, este sistema integra recursos humanos, tecnológicos, materiales y financieros de distintas dependencias para actuar de forma preventiva, reactiva y proactiva ante riesgos o amenazas, y preservando a la seguridad nacional y la soberanía en nuestro espacio aéreo, reduciendo riesgos asociados a operaciones aeronáuticas y coordinando las acciones entre instituciones.

El sistema opera mediante tres componentes: coordinación, ejecución operativa y también la capacitación, y con mecanismos de alerta temprana e intercambio de información con autoridades nacionales e internacionales. Y esa red de instituciones, la encabeza el Centro
Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, y mientras que la Fuerza Aérea Mexicana se encarga de la defensa aérea, y el Ejército actúa como apoyo, y participan a la par autoridades civiles y de seguridad como es la
Secretaría de Marina (espacio aéreo sobre mares y costas), Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (navegación, investigación de accidentes y rescates), la Agencia Federal de Aviación Civil y SENEAM (planes de vuelo y tránsito aéreo), la Guardia Nacional (para la prevención de delitos en los aeródromos), Centro Nacional de Inteligencia (información sobre riesgos), Instituto Nacional de Migración (procedimientos migratorios).

El instrumento legal – el reglamento – establece poner atención en vuelos “irregulares” y una clasificación operativa para aeronaves con ese tipo de conductas, y que detectarlo por radar se les da un seguimiento y ubica si el vuelo ha sido o no autorizado – si cuenta o no con plan de vuelo aprobado – y de resultar confirmada la presunta irregularidad, considerar la existencia de un vuelo clandestino en términos de una operación intencional para querer evadir o desobedecer a la autoridad.

DE SOBREMESA

Así pues, antes de cualquier medida mayor, el Centro debe intentar identificar la aeronave, comunicarse con la tripulación y conocer su intención. La interceptación aérea se plantea como último recurso y debe realizarse con enfoque de protección a derechos humanos.

UN CAFÉ LECHERO LIGHT

La normativa contempla la delimitación de zonas especiales de vigilancia y protección, así como áreas de identificación aérea que pueden activarse en regiones estratégicas, zonas fronterizas o durante eventos oficiales, con el fin de prevenir operaciones aéreas irregulares.

Además, el reglamento de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano entra en vigor al día siguiente de su publicación y obliga a las dependencias involucradas a ajustar sus procedimientos internos para cumplir con el nuevo marco de vigilancia y protección del espacio aéreo nacional.

¡ES CUANTO!

enriquezambell@gmail.com;
enamjl62@gmail.com

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